jueves, 3 de noviembre de 2016

CONTINÚA LA COMISIÓN DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA ENTRE EL MED Y EL SUTEP
jueves 27 de Octubre segunda reunión de Trato Directo.










PLATAFORMA DE LUCHA PRIORITARIA
Planteamos exigencias del SUTEP y el magisterio. Debemos señalar, que dichos planteamientos unas responden a temas mediatos y otros son de atención inmediata. Unos son problemas que pueden resolverse a nivel de Ministerio de Educación y otros requieren la decisión del Poder Legislativo. LO CIERTO E INNEGABLE ES QUE PARA LOGRAR LA ATENCIÓN DE NUESTRO PLIEGO DE RECLAMOS Y DE NUESTRA PLATAFORMA PRIORITARIA REQUERIMOS LA UNIDAD Y LUCHA CENTRALIZADA Y UNITARIA DEL MAGISTERIO EN TORNO A NUESTRO SINDICATO: EL SUTEP. ASIMISMO, que, el profesionalismo y la fortaleza ética de los maestros es condición para asegurar la calidad de la Educación; además que las autoridades tengan una participación democrática de las diversas instituciones existentes en nuestra jurisdicción y así intercambiar opiniones y contribuir con soluciones en beneficio de los estudiantes, padres de familia y el magisterio peruano: ESTAMOS CONVENCIDOS QUE ESTAR FORTALECIDOS IMPLICA TAMBIÉN SER PARTE DE LA MÁS AMPLIA UNIDAD DE LOS TRABAJADORES Y EL PUEBLO.

1.-  VIGENCIA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA GRATUITA, UNIVERSAL Y DE CALIDAD PARA TODOS LOS PERUANOS CON PRESUPUESTO DEL 10% DEL PBI.
a)      La exigencia de una escuela pública gratuita y universal es una cuestión estratégica, altamente política y absolutamente responsable. Tiene que ver con la razón de ser del sindicato, de los maestros y con una responsabilidad de la cual no se puede sustraer el estado. Lo cierto es que el actuar del estado Neoliberal, vía MINEDU y la manifestación estadística existente hace evidente e innegable que el estado ha buscado y seguirá buscando desentenderse de la educación, reducir su responsabilidad para con ella, pues considera que ahí debe intervenir la empresa privada. Actúa así obligado por su supuesta búsqueda de “eficiencia y modernidad” que para ellos implica que los estados deben desregular derechos, desentenderse de las responsabilidades sociales y del obligatorio ahorro – para pagar deuda externa -  que deben generar.
b)      Que, lo cierto es que las sociedades contemporáneas, moderna y que conciben a la educación como sector trascendente para lograr igualdad, equidad, formación idónea y desarrollo han superado ya el anquilosado objetivo de derivar el 6% del PBI a la educación. Hoy la propuesta y objetivo mayoritario es significar soporte vía 10% del PBI. Siendo así, nuestra exigencia también debe adecuarse a esa tendencia justa y coherente con las necesidades de la educación por lo que se debe exigir que el presupuesto del estado distinga y garantice un 10% del PBI parta el sector.
2.- MESA DE DIÁLOGO CON SOLUCIONES CONCRETAS AL PLIEGO DE RECLAMOS.(D.S. N° 013-2016-MINEDU de fecha 08/08/2016)
Lo cierto es que de forma legal, formal y legítima, se ha instalado la Mesa de Negociación Colectiva. Se ha reconocido al SUTEP como único interlocutor válido del magisterio nacional, se ha establecido una agenda prioritaria y exigimos que no solo sea tratada, sino se vean mecanismos de solución, que los integrantes representantes del MINEDU tengan capacidad de decisión y no terminen diciendo – como siempre cuando se encuentran arrinconados – que están sujetos a la decisión política.
3.- PAGO DE SENTENCIAS JUDICIALES POR RECONOCIMIENTO DE DERECHOS  Y DE DEUDA SOCIAL 30% PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN, PAGO DE BONIFICACIONES POR TIEMPO DE SERVICIOS, SUBSIDIOS POR LUTO Y SEPELIO, etc.
Es una orientación del SUTEP, la judicialización de este derecho. Significa que todo maestro que haya laborado bajo el marco legal de la Ley del profesorado desde 1991 hasta el 2012 debe reclamar su derecho (contratados, nombrados, directivos y ya cesantes). Se inicia el trámite en la UGEL en la cual ha laborado el docente. Una vez que se emite la resolución de denegación, se debe comunicar a la UGEL de que se ha decidido decide agotar la vía administrativa y comunicamos que acudiremos al Poder Judicial mediante demanda a la cual se acompañe la propuesta de monto que se adeuda al maestro y que estará definida por el dinero no pagado desde el desconocimiento del derecho. Resulta obligación del estado reconocer, gestionar y asegurar juntamente con el Poder Legislativo el pago de este derecho del magisterio nacional.
4.-  PERSISTIR EN EL DESENMASCARAMIENTO DEL CONTENIDO LESIVO A DERECHOS DEL MAGISTERIO DE LA  LEY DE REFORMA  MAGISTERIAL N° 29944 Y SU REGLAMENTO D.S. N° 04-2013-ED (PERMISOS, REASIGNACIONES, ACCIONES EMPRENDIDAS POR EL SUTEP EN DEFENSA DE DERECHOS).
Lo innegable es que desde el 2012 – año en que promulgó la Ley de Reforma Magisterial -  el SUTEP nunca fue pasivo, menos indiferente y ajeno al contenido lesivo y presente en varios artículos de la norma acotada. Destacan las afectaciones a los docentes contratados, a los auxiliares de educación, a los Directivos, etc. Por ello, presentamos la acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Lamentablemente el concierto político en contra de los trabajadores prosperó, siendo declarados infundados la absoluta mayoría de nuestros fundamentos y subsistiendo solo la parte referida a la consideración de los auxiliares de educación dentro de la Ley de Reforma magisterial. Lo señalado no quita en que persistamos en el desenmascaramiento del contenido injusto de algunos de sus artículos y generar las condiciones para su modificatoria o derogatoria en un escenario que sea más favorable a los trabajadores.
 5.- INTENSIFICAR LUCHA POR LA LEGITIMIDAD, LEGALIDAD E INSTITUCIONALIDAD DEL SUTEP
Fue correcta la decisión de enfatizar el proceso de afiliación, carnetización y cotización del magisterio. Lo cierto es que se ha avanzado de forma trascendente en el trabajo de afiliación (Cerca de 80 000 afiliados y que están adjuntadas a la partida de inscripción del SUTEP en el Ministerio de Trabajo). Hoy somos el sindicato mayoritario y la tarea es convertirnos en el sindicato realmente mayoritario (el cincuenta % más uno del magisterio), carnetizar y hacer intensa la campaña por cotización consciente y consecuente del magisterio.
6.- PAGO DE MAESTRÍAS
Se ha persistido en este derecho. Debe ser abordado en Trato Directo. La razón está de nuestro lado,  pues su inaplicación no es responsabilidad del magisterio en la medida que nada tenemos que ver con que no exista entidades certificadas, pues ello es responsabilidad del MINEDU, máxime si se permite que se sigan impulsando estudios de Post grado con autorización de las entidades gubernamentales.
7.- PISO SALARIAL EQUIVALENTE AL 60% DE LA UIT Y NUEVO SISTEMA DE PENSIONES PARA EL MAGISTERIO
Persistimos en nuestra exigencia que se encuentra contenida en el Pliego de Reclamos. Debemos señalar que el gobierno actual ha suscrito 10 compromisos con el SUTEP, siendo uno de ellos elevar el piso salarial y su propuesta es 2 000 n/s a partir del enero del 2017. No significa que hayamos abandonado nuestro acuerdo. Significa que estamos de acuerdo con una consideración al magisterio, pero nos obliga a persistir en la necesidad de ser atendida, pues resulta coherente, factible y obligatorio de atender.  
Otra verdad innegable es el tratamiento injusto, la precariedad de la pensión que se asigna a los docentes que han cesado cuyo pensión mínima es 4 15 n/s y máxima  8 57 n/s. Definitivamente esta exigencia resulta justa y legal. Debemos formular una propuesta alternativa, articularnos con organizaciones sindicales que compartan la misma problemática. Es un tema que ha sido objeto de sensibilización de la opinión pública en beneficio  de los trabajadores y el magisterio.  
En la mesa de negociación colectiva se nos ha planteado la fórmula económica a ser implementada por el MINEDU con respecto a remuneraciones. Siendo la que sigue:

ESCALA 2016 2017 2018 PERMANENCIA
I 1554 1780 2000 2
II 1710 1958 2200 2
III 1943 2136 2400 3
IV 2175 2314 2600 3
V 2643 2670 3000 3
VI 3108 3109 3400 3
VII       3
VIII       4
      RIM 2016: 51.83
      RIM 2017: 59.35
      RIM 2018; 62.6
Que, lo cierto es que se nos plantea que el 2017 los aumentos se otorgarán desde el mes de marzo y a los docentes contratados desde noviembre y que el 2018 podremos llegar a los dos mil soles, siempre y cuando, aceptemos que se nos incremente dos horas pedagógicas más a la jornada laboral. Siendo así, los representantes del SUTEP han rechazado esta propuesta y la Asamblea Nacional ha dispuesto desarrollar una consulta de paro nacional de 24 horas, para el 24 de noviembre del presente año, si es que el MINEDU y el gobierno no proponen una fórmula favorable al magisterio del país.
8.- REMUNERACIONES DE PRIMERA ESCALA Y NOMBRAMIENTO DE MAESTROS CONTRATADOS.
Se ha concretado en el mes de junio del presente, mediante la emisión del D.S. N° 159-2016-MINEDU que los docentes contratados deben ganan al igual que un maestro de primera escala 1 554 n/s los docentes de 30 horas y 1 243 n/s  los docentes de 24 horas. Más todavía los coordinares de PRONOEI y coordinadores de ONDEC y ODEC igualmente tendrán una remuneración de 2 070 n/s. Se concreta así, una consigna magisterial: ¡Sin luchas no hay victorias! La propuesta y exigencia actual ahora es nombramiento de docentes y en ese trabajo estamos.
 9.- DEROGATORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 882 QUE AUTORIZA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE INSTITUTOS PEDAGÓGICOS PRIVADOS, ACADEMIAS E INSTITUCIONES EDUCATIVAS NO ESCOLARIZADAS, POR ATENTAR CONTRA LA CALIDAD, GRATUIDAD Y UNIVERSALIDAD DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA.
Este dispositivo legal es la evidencia del neoliberalismo en educación. Es la norma que abre la puerta a la privatización de la educación y que los distintos gobiernos han auspiciado, protegido y no derogado. Nuestro logro tiene que ver con el nivel de organización y correlación de fuerzas favorable que podamos lograr. Por lo pronto, nuestra tarea debe ser desenmascaramiento de su implicancia negativa en el magisterio y la educación.
10.- EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO EN EL AULA. NO A LAS PRUEBAS ESTANDARIZADAS COMO MECANISMO DE DENIGRACIÓN DEL MAGISTERIO.
Es una exigencia y consigna de organización y fortalecimiento. Este punto bien desarrollado auspicia y garantiza unidad, fortalecimiento, legalidad. El SUTEP exige evaluación de desempeño y no prueba estandarizada que busca desacreditar y desprestigiar al magisterio, pues el gobierno al formular el instrumento de evaluación seguramente promoverá una formulación tendenciosa. Corresponde esclarecer y afirmar enfáticamente que la única forma de detener la aplicación de pruebas estandarizas es mediante la organización y unidad del magisterio.
11.-  RECHAZO AL INTERVENCIONISMO PATRONAL VÍA RVM N° 091-2015-MINEDU. ELECCIÓN DE DELEGADOS A COPROAD MEDIANTE PROCESO PROMOVIDO Y DIRIGIDO POR EL GREMIO.
El Perú ha suscrito convenios internacionales que son de obligatorio cumplimiento para el estado y más la administración. Es el convenio 89° con la OIT el que señala que los sindicatos regulan su propia dinámica y designan a sus representantes, siendo que la administración debe asumir un actuar de no interferencia y menos de desconocimiento de tales designaciones. Sin embargo,  con el dispositivo señalado (Art, 8°) es la patronal la que convoca, promueve y dirige la elección para determinar el representante del gremio. Ello constituye una afectación del convenio citado y de la libertad sindical que es incluso un derecho constitucional. Hemos planteado, que debe implementarse una elección del delgado a la Comisión de procesos administrativos, pero que dicha elección debe ser promovida, impulsada y dirigida por el gremio y teniendo como veedor a la autoridad administrativa. En la Mesa de Diálogo este tema deberá seguir siendo discutida.
12.- AUMENTO DE REMUNERACIONES, CONSIDERACIÓN DE ASIGNACIONES, NOMBRAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN.
Se ha logrado mediante la Ley N° 30494 y ahora mediante el D.S. N° 296-2016-EF el incremento de las remuneraciones de los auxiliares de educación. Es cierto resulta aún insuficiente, hay que seguir luchando, pero innegablemente constituye un avance. Se ha determinado que le corresponden asignaciones por ubicación, característica y tipo de institución educativa, se les reconocen cantidades exactas por subsidios por luto y sepelio, compensación por tiempo de servicios, remuneración vacacional y vacaciones truncas, etc. Exigimos que se concrete el nombramiento de auxiliares de educación ¡ahora!
REMUNERACIÓN MENSUAL:

Indica la norma que los auxiliares tienen una jornada laboral de 06 horas diarias o 30 horas cronológicas. Asimismo, que el 65% de su remuneración es afecta a cargas sociales y es de naturaleza pensionable.


Cargo
Modalidad/Forma
Nivel/Ciclo
Remuneración Mensual
Auxiliar de Educación Nombrado
Educación Básica Regular- EBR
Inicial
S/ 1200,00
Secundaria
Educación Básica especial - EBE
Inicial
Primaria
Auxiliar de Educación Contratado
Educación Básica regular - EBR
Inicial
S/ 1100 00
Secundaria
Educación Básica especial - EBE
Inicial
Primaria

SI PRESTA SERVICIO EFECTIVO EN I.E. UBICADA EN ZONA RURAL O DE FRONTERA:

Las percepciones de las asignaciones o bonificaciones NO SON excluyentes entre sí de corresponder. El mismo monto para el auxiliar nombrado o contratado.

TIPO RURAL
MONTO
Tipo N°   1
S/ 500 00
Tipo N°   2
S/ 100 00
Tipo N°   3
S/ 70 00

SI PRESTA SERVICIO EFECTIVO EN I.E. UNIDOCENTE O MULTIGRADO:

Las percepciones de estas asignaciones o bonificaciones SON excluyentes entre sí. Corresponden a docentes y contratados por el mismo monto

SI PRESTA SERVICIO EFECTIVO EN I.E. INTERCULTURAL BILINGUE:
Las instituciones educativas con esa característica están consignadas en la Resolución Ministerial N° 630-2013-ED que contienen el total de instituciones educativas con esa característica. El monto que se asigna es de S/ 50 00 nuevos soles, siendo el monto el mismo para nombrados o contratados.
                                 
SI PRESTA SERVICIO EFECTIVO EN ZONA COMPRENDIDA EN EL VRAEM:

Solo considera a las I.E. ubicadas en la zona de influencia y de intervención directa. El monto que se asigna es de S/ 300 00 nuevos soles, siendo el monto el mismo para nombrados o contratados.

REMUNERACIÓN VACACIONAL Y VACACIONES TRUNCAS:

Remuneración vacacional: Se otorga por el periodo vacacional establecido por Ley. Es irrenunciable y no acumulable. Si el auxiliar cesa antes de sus vacaciones percibe una compensación vacacional cuyo cálculo es en base a un quinto de su remuneración mensual y de las asignaciones que percibe al momento del cese, por cada mes de servicio durante el año lectivo.
Vacaciones truncas: Es proporcional a los meses y días laborados en el año lectivo anterior. El cálculo es en base a la remuneración mensual y las bonificaciones por condiciones especiales del servicio. La fracción igual o mayor a 15 días  de contrato se computa como un mes de servicio efectivo.

SUBSIDIO POR LUTO Y SEPELIO:

El monto que se asigna es de S/ 3000 00 nuevos soles, (tres mil nuevos soles). Se otorga al auxiliar de educación nombrado y contratado, al fallecer su cónyuge o conviviente reconocido legalmente, padres o hijos. Se otorga a petición de parte y siempre que dicho fallecimiento haya ocurrido antes de la extinción del vínculo laboral. El reclamo tiene como plazo máximo 04 años (conforme lo señala la ley N° 27321 que establece ese plazo de prescripción para la exigencia de tal derecho)

ASIGNACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS

ASIGNACIÓN X TIEMPO DE SERVICIOS
MONTO
25 AÑOS
02 REMUNERACIONES MENSUALES
30 AÑOS
02 REMUNERACIONES MENSUALES

Lo percibe por única vez. Es de oficio y se formaliza mediante resolución administrativa emitida en el mes en que el auxiliar cumple los 25 o 30 años de servicios conforme el informe escalafonario. Se consideran los años laborados en calidad de contrato.

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS:

Se otorga al momento del cese. Se obtiene de determinar el 14% de la remuneración mensual  y se multiplica por los años de servicios hasta un máximo de 30 años. También se consideran los años que laboró en calidad de contratado. Se considera como año completo la fracción mayor a 06 meses.

Las bonificaciones y asignaciones otorgadas a los auxiliares de educación no tienen carácter pensionable ni remunerativo, esto es, no forman parte de la base de cálculo para la asignación o compensación por tiempo de servicios  o de cualquier otro tipo de bonificación, ni están afectas de cargas sociales.

13.- CONSIDERACIÓN DE LA R.M. N° 571-94-ED A DOCENTES EN FIEL APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD (03 DÍAS POR MOTIVOS PERSONALES)
El Reglamento de la ley de Reforma Magisterial derogó todas aquellas normas que se contraponían a dicho reglamento. Lo cierto es que la R.M. N° 571-94-ED no se opone al reglamento, por el contrario, desarrolla un tema que el reglamento no trata en su dimensión debida: los permisos. Siendo así, para nosotros es una certeza que debería seguir vigente los permisos por tres días por motivos personales y contando con la autorización del jefe inmediato. Sin embargo, Asesoría legal del MINEDU, una vez más y erróneamente, ha interpretado la norma legal en contra de los intereses de docentes. Por ello, he aquí un tema que deberá ser abordado por la Comisión de Trato Directo.
14.- SE HA OTORGADO UN CASILLERO PARA EL SUTEP PARA EL CASILLERO SINDICAL  
El magisterio nacional, ha sido partícipe del proceso de afiliación, carnetización y cotización. Ahora, una tarea central es la masificación de la cotización. Requerimos de una campaña de sensibilización, persuasión ante y con el magisterio (ventajas, beneficios y demás).
15.- CONSIDERACIÓN Y PAGO DE ASIGNACIÓNES POR 25, 30 Y 35 AÑOS DE SERVICIOS E INCREMENTO DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS.
Las bonificaciones consignadas en la Ley de Reforma Magisterial (pago por 25 y 30 años)  han sido formuladas en atención  al diseño de la ley N° 20530 que establecía como tiempo máximo de servicios, 30 años. Lo cierto es que hoy la absoluta mayoría del magisterio se encuentra dentro de la ley N° 19990 para efectos de pensiones. Siendo así, nuestra pensión está determinada en función de años de aportación, Ejemplo: un maestro hoy labora más de 40 años. Por ello, es absolutamente justo plantear y exigir que se reconozca y pague a los docentes asignaciones al cumplir 25, 30 y 35 años.
Por compensación de tiempo de servicios, la Ley de Reforma Magisterial consigna el 14% de la remuneración íntegra multiplicada por hasta 30 años. Nosotros proponemos y exigimos que se nos reconozca una remuneración íntegra por cada año de servicios y se considere hasta por 30 años (propuesta contenida en el proyecto de nueva Ley del Profesorado formulada por el SUTEP).
Dentro del sindicato caben así los socialistas, reformistas, como los sindicalistas, así los comunistas como los libertarios… Y no hay que desconfiar del instinto de las mayorías. La masa sigue siempre a los espíritus creadores, realistas, seguros, heroicos. Los mejores prevalecen cuando saben ser verdaderamente los mejores”.

                                                       III ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS DEL SUTEP.
                               OCTUBRE DEL 2016


miércoles, 2 de noviembre de 2016

III ASAMBLEA NACIONAL DEL SUTEP
ACUERDA:
CONSULTAR PARO NACIONAL DE 24 HORAS


DECRETO Nº 03-2016-CEN-SUTEP.

Visto, el informe presentado por los 22 Comités Ejecutivos Regionales del SUTEP de todo el país ante la III Asamblea Nacional de Delegados realizado el 28 de octubre del 2016 en la ciudad de Lima.

CONSIDERANDO:

1.       Que, se evaluó objetivamente la situación política nacional e internacional, situación educativa y la plataforma y plan de lucha; así como los avances  con la Comisión de negociación colectiva entre el MINEDU y EL SUTEP; ello en el marco del Acta de 10 puntos “Por una mejor educación”, suscrita por el actual Presidente de la República, en fecha  30 de mayo y sobre la cual hasta la fecha no se toma la decisión política de llegar a soluciones favorables para los maestros y los estudiantes del Perú. Siendo así, los problemas y las grandes necesidades de la educación siguen irresueltos.
2.       Que, el SUTEP, como el interlocutor válido del magisterio nacional ante el gobierno, siempre ha persistido en el diálogo y en exigir soluciones concretas a la problemática magisterial. Nuestra base es el PLIEGO DE RECLAMOS 2016, nuestro amparo es el Acta firmada por PPK y toda la normatividad vigente que respalda las justas y legales exigencias del SUTEP. Lo cierto es que tras 100 días de gobierno, al parecer no existe una real preocupación por una educación de calidad, se desatiende y posterga el cumplimiento de compromisos (desayuno y almuerzo es colar en las JEC, piso salarial de 2000 soles desde enero del 2017, evaluación de los programas educativos que no presentan a la fecha logros reales, discusión fuera de gabinetes del DCN, pago de deuda social, etc.) Cunde un convencimiento, queda la calle como único camino para buscar soluciones de parte del gobierno central.
3.       Que,  el gobierno de PPK no tiene ánimo de cumplir con el desayuno y almuerzo para los estudiantes de las instituciones educativas de Jornada Escolar Completa, el magisterio peruano sufre una hostilización y acoso laboral por parte del MINEDU y los programas que se vienen implementando (semáforo escuela, entre otros), los mismos que están produciendo un STRESS LABORAL en los docentes peruanos, desencadenando, incluso, enfermedades físicas y terminales.
4.       Que, el SUTEP sigue firme en su propuesta de  PISO SALARIAL DEL 60% DE LA UIT.
5.       Que, no hay un incremento significativo en el presupuesto del sector educación, NO HAY UN COMPROMISO POR ELEVAR EL PRESUPUESTO AL 10% DEL PBI.
6.       Que, NO EXISTE UN RECONOCIMIENTO DE PARTE DEL GOBIERNO, TAMPOCO DEL PODER LEGISLATIVO, DE NUESTRA DEUDA HISTÓRICA (30% POR PREPARACIÓN DE CLASES), ni la voluntad de destinar un presupuesto para ir pagando parte de la deuda.
7.       Que, el incremento para los auxiliares de educación constituye un avance y es aún insuficiente, además de discriminador entre nombrados y contratados a pesar de realizar el mismo trabajo y cumplir la misma jornada laboral.
8.       Que, no existe un pronunciamiento sobre el nombramiento de docentes y auxiliares de educación.
9.       Que, las EVALUACIONES DE DESEMPEÑO SE DESARROLLEN EN EL AULA y no a través de pruebas estandarizadas que sólo buscan despedir y desprestigiar al magisterio nacional.
10.    Que, el gobierno sigue pretendiendo Privatizar la Educación y entregar la escuela pública al sector privado a través de las Asociaciones Públicas Privadas (APPs). EXIGIMOS RESPETO IRRESTRICTO A LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y GRATUITA.
SE RESUELVE:
PRIMERO: Consultar en todo el país un PARO NACIONAL de todo el profesorado a realizarse el día jueves 24 de noviembre del presente año.
SEGUNDO: Convocar a todos los maestros (as) a participar unitaria y masivamente en base a la siguiente Plataforma de Lucha:
a)    Vigencia de la educación pública gratuita, universal y de calidad para todos los peruanos con presupuesto del 10% del PBI.
b)    Persistir en el desenmascaramiento del contenido lesivo a derechos del magisterio presentes en la Ley de Reforma Magisterial N° 29944 y su Reglamento D.S. N° 04-2013-ED (permisos, reasignaciones, difusión de acciones emprendidas por el SUTEP en defensa de derechos).
c)    Derogatoria del Decreto Legislativo N° 882 que autoriza la creación y funcionamiento de institutos pedagógicos privados, academias e instituciones educativas no escolarizadas, por atentar contra la calidad, gratuidad y universalidad de la educación pública.
d)   Piso salarial equivalente al 60% de la UIT y nuevo sistema de pensiones para el magisterio
e)    Nivelación de remuneraciones para personal directivo, especialistas y jerárquicos, en encargaturas, provenientes de la ley del profesorado.
f)     Consideración y pago de asignaciones por 25, 30 y 35 años de servicios e incremento de compensación por tiempo de servicios a los trabajadores de la educación.
g)    Emisión de resoluciones administrativas que reconozcan y paguen deuda social al magisterio nacional (preparación de clases, bonificaciones y subsidios). Así mismo, pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada conforme Ley N° 30137 por preparación de clases y demás derechos.
h)   Pago de maestrías
i)     Evaluación de desempeño en el aula. No a las pruebas estandarizadas como mecanismo de denigración del magisterio, y rechazo a su carácter punitivo.
j)      Rechazo al intervencionismo patronal vía RVM N° 091-2015-MINEDU. Elección de delegados a COPROAD mediante proceso promovido y dirigido por el gremio.
k)    Consideración de la R.M. N° 571-94-Ed a docentes en fiel aplicación de la normatividad (03 días por motivos personales)
l)     Aumento de remuneraciones, consideración de asignaciones, nombramiento y ampliación de derechos de los auxiliares de educación.
m)  Pago justo sin discriminación por ruralidad al magisterio. Creación de plazas docentes, auxiliares y administrativas en regiones que lo requieran.
n)   Aumento de sueldos y pensiones.
o)   Nombramiento de docentes y auxiliares de educación en todas las plazas vacantes.
TERCERO: Invocar la comprensión de nuestros padres de familia y de la opinión pública por ser justa nuestra lucha y porque tiene como objetivo, también mejores escuelas y educación para nuestros apreciados alumnos.

¡VIVA LOS 44 AÑOS DE LUCHA DEL GLORIOSO SUTEP
INCREMENTO DEL PRESUPUESTO AL SECTOR EDUCACIÓN al 10% del PBI!
¡NO A LAS PRUEBAS ESTANDARIZADAS DE DESPIDO Y DESPRESTIGIO – EVALUACIONES DE DESEMPEÑO EN EL AULA!
¡INCREMENTO DE SUELDOS AL MAGISTERIO YA!  BASTA DE ENGAÑOS Y MENTIRAS!.
¡PISO SALARIAL MÍNIMO AL MAGISTERIO DEL 60% DE LA UIT
RESPETO  LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y GRATUITA y DE CALIDAD PARA TODOS!


DIRECTIVA:
·         Bajar a todas las bases a nivel nacional y consultar el acatamiento del PARO firmando un acta de acuerdo teniendo en cuenta la plataforma y el pliego de reclamos.
·         Participar de la IV ASAMBLEA NACIONAL DEL SUTEP a realizarse el 17 de noviembre el mismo que deben hacer entrega de las ACTAS de CONSULTA.
·         Elaborar y difundir volantes, afiches, pintas y aprovechar todo tipo de difusión de nuestra consulta de medida de lucha

·         Conformar el Frente de Defensa de la Escuela Pública Gratuita y de Calidad para todos y todas.